Proyecto: Ley general del Trabajo y Empleo
Reactivación económica mediante la formalización del Empleo, Comercio y Propiedad Privada
Análisis de la problemática existente.
Ley General del Trabajo (LGT) – 1939 y normativa conexa
La Ley General del Trabajo (LGT) constituye el pilar del régimen laboral boliviano, pero su antigüedad y múltiples parches normativos la han vuelto rígida, desigual y poco compatible con los principios constitucionales vigentes (CPE 2009). Entre sus problemas principales:
- Disposiciones que, aunque diseñadas para proteger a la mujer, en la práctica desincentivan su contratación (ej. fueros de estabilidad excesivamente amplios en embarazo, licencias sin compensación estatal). Esto genera discriminación indirecta en el sector privado.
- La normativa carece de un enfoque de igualdad sustantiva de género, violando el principio constitucional de igualdad ante la ley (art. 14 CPE).
- El sistema se centra en la protección unilateral del trabajador, sin promover una relación paritaria y meritocrática entre empleador y empleado, lo que desincentiva la formalización laboral.
Estatuto del funcionario Público (Ley N° 2027, 1999)
El Estatuto del funcionario Público regula las relaciones en el sector estatal, pero ha sido progresivamente desnaturalizado por reformas y decretos. Los principales problemas:
- Personal eventual y consultorías de línea: se utilizan como mecanismos de contratación paralela, sin beneficios sociales ni estabilidad.
- Estas modalidades violan el principio de igualdad y meritocracia, permitiendo la contratación discrecional de personal por afinidad política o temporal, en desmedro de los profesionales que cumplen carrera administrativa.
- Generan precariedad laboral en el sector público, afectando principalmente a jóvenes profesionales y mujeres.
Problema estructural
- El mercado laboral boliviano es altamente informal (más del 70% según datos del INE), lo cual está vinculado a la rigidez normativa y la ausencia de incentivos a la formalización.
- Ni la LGT ni el Estatuto promueven contratación con meritocracia, lo que reduce la competitividad y fomenta la rotación ineficiente de personal en el sector público y privado.
Propuesta de Proyecto de Ley.
La presente Ley busca modernizar el régimen laboral boliviano, armonizando la Ley General del Trabajo de 1939 y el Estatuto del funcionario Público de 1999 con la Constitución Política del Estado y los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Bolivia.
El nuevo marco normativo pretende garantizar igualdad de género, seguridad jurídica, paridad en las relaciones laborales y la formalización del empleo, eliminando modalidades precarias en el sector público y privado, y reemplazándolas por un sistema de contratación con base en méritos, transparencia y competitividad.
Establecer:
- Tres (3) jornadas laborales.
- Jornadas laborales por Horas especificas.
Se pretende establecer una normativa acorde a la paridad Trabajador y Contratante, dinamizar la economía.
Objetivo general.
Establecer un nuevo régimen laboral en los sectores público y privado, basado en los principios de igualdad ante la ley, meritocracia, paridad de derechos y obligaciones entre trabajador y empleador, que fomente la formalización de la contratación y elimine las prácticas de precarización laboral.
Objetivos Específicos.
Los objetivos específicos son:
- Reformar la Ley General del Trabajo para garantizar la igualdad de oportunidades laborales entre hombres y mujeres, eliminando disposiciones que incentiven discriminación indirecta.
- Abolir las modalidades de personal eventual y consultorías de línea en el sector público, reemplazándolas por un régimen de contratación transparente, con beneficios sociales y evaluaciones meritocráticas.
- Crear un sistema nacional de concursos públicos de méritos y exámenes de competencia para el ingreso y ascenso en el sector público.
- Modernizar las relaciones laborales privadas para equilibrar derechos y obligaciones, fomentando contratos formales con beneficios sociales básicos.
- Establecer incentivos tributarios y de seguridad social para empresas que formalicen a su personal.
- Promover la paridad de género en el acceso a cargos y empleos, en igualdad de condiciones, sin ventajas a un género, discriminando al otro.
